Implica a los términos municipales de Beas, Niebla y Trigueros

La Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta en Huelva ha incoado el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la delimitación del Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del Conjunto Dolménico de Soto y de su entorno, en los términos municipales de Beas, Niebla y Trigueros para «su adecuada protección y tutela».
Según se ha publicado esta semana el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el Conjunto Dolménico de Soto es el grupo megalítico «más relevante» de la Tierra Llana de Huelva, encontrándose «entre los más destacados de la provincia», ya que se trata de un «referente histórico» del estudio del megalitismo en Huelva, siendo Soto 1 el primer dolmen descubierto en la provincia y «teniendo una gran repercusión en el panorama de las investigaciones del fenómeno megalítico a escala europea«.
Además, la Junta destaca la «monumentalidad arquitectónica» y «la excepcionalidad del arte megalítico» que contiene, puesto que Soto 1 es el monumento «con mayor cantidad y variedad de grabados de la Península Ibérica«, toda vez que los tres monumentos megalíticos, denominados Soto 1, Soto 2 y Soto 3, de distinto tamaño y soluciones constructivas, se distribuyen en distintas lomas de la margen derecha del arroyo Candón.
Estos megalitos detentan la categoría de Bien de Interés Cultural con la tipología de Monumento, según disposición adicional octava de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, introducida por Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Por todo ello, la Delegación ha resuelto delimitar provisionalmente un entorno en el cual «las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación o estudio», el cual abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos comprendidos dentro de la delimitación».
Asimismo, la Junta ha dado traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el registro correspondiente y hace saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes, que «tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores», además de que «deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma».
Por otro lado, la Delegación ha hecho saber a los ayuntamientos de Trigueros, Beas y Niebla que «debe procederse a la suspensión de las actuaciones que se estén desarrollando y de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas», así como de «los efectos de las ya otorgadas, hasta tanto se obtenga la autorización de la Consejería competente en materia de Patrimonio Histórico».
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Dentro del entorno destaca el ámbito específico del cono visual que «se proyecta desde la entrada al corredor de Soto 1 hacia los límites de la oscilación del orto solar entre el solsticio de verano y el de invierno», por ello, la conservación de este sector «resulta imprescindible para que se puedan apreciar los efectos lumínicos que los constructores de Soto 1 buscaron con la orientación astronómica de su corredor».
Finalmente, dentro de la delimitación del entorno se sitúa el ‘Yacimiento Arqueológico de Soto’, al que, «necesariamente se le debe dotar de contenido de protección arqueológica en las instrucciones particulares».
Se trata de un grupo de hábitat y espacios de trabajo pertenecientes a las comunidades que, en la Prehistoria Reciente, «construyeron y dieron significado social a estos monumentos, los cuales sirvieron de espacio de enterramiento, escenario de rituales funerarios y lugares de celebración de ceremonias colectivas».
El Conjunto Dolménico de Soto se localiza en la actual comarca de la Tierra Llana, por entonces, se localizaba en las cercanías de la cabecera del interfluvio formado por la desembocadura de los ríos Tinto y Odiel, muy próximo al estero de la rivera de Candón.
La necrópolis megalítica de Soto está compuesta por tres dólmenes de distinto tamaño y soluciones constructivas, que se distribuyen en una franja lineal de 300 metros de longitud con dirección noreste-suroeste, ocupando dos lomas separadas por un barranco en la margen derecha de la rivera del Candón.
A un kilómetro al norte de Soto 1, se localizaron en 1983 los restos constructivos de otro dolmen, conocido como Soto 4. Este monumento, aparentemente desaparecido, podría haber formado parte de la necrópolis por proximidad al conjunto y por el empleo de bloques pétreos de similar litología (gravauca, conglomerado y caliza).
